Japón: El Tribunal Superior de Osaka declara inconstitucional la falta de género no binario en el registro familiar

El Tribunal Superior de Osaka dictaminó que el sistema de registro familiar de Japón viola la constitución del país porque solo permite marcadores de género masculinos y femeninos. En un fallo del 8 de mayo, el tribunal determinó que la falta de una opción para las personas no binarias viola el Artículo 14 de la Constitución japonesa, que garantiza la protección contra la discriminación.

El “koseki” es un sistema de registro nacional obligatorio en Japón. Registra los nacimientos, defunciones y matrimonios de los ciudadanos, y los registros son mantenidos por los municipios. En estos documentos, el género de un niño se designa tradicionalmente en términos estrictamente binarios, como “hijo mayor” o “hija mayor”.

El litigio comenzó en diciembre de 2024. Un residente no binario de 50 años de la prefectura de Kioto solicitó a un tribunal de familia que cambiara su marcador de género en el sistema “koseki”. El demandante buscaba reemplazar la designación de “hija mayor” por un término neutral en cuanto al género, como “hijo mayor” en un sentido neutro. El Tribunal de Familia de Kioto rechazó inicialmente esta solicitud.

En la apelación, el juez presidente Masahiro Oshima confirmó el rechazo de cambiar el marcador para el demandante específico. El tribunal explicó que el sistema debe funcionar de manera uniforme en todo el país, y cambiar las reglas en función de una solicitud individual no es factible actualmente. Sin embargo, el tribunal dictaminó que el sistema nacional debe ser revisado porque la exclusión de las personas no binarias viola las garantías de igualdad. Si el gobierno agrega una opción no binaria al “koseki”, la solicitud del demandante será reconsiderada.

Según informó el periódico The Asahi Shimbun , el tribunal consideró apropiado “abrir un camino para realizar correcciones en una forma que coincida con la identidad de género de un individuo”. The Japan Times citó la declaración del tribunal de que la identidad de género está “directamente conectada a la existencia personal de un individuo, convirtiéndola en un beneficio legal significativo”.

El abogado del demandante, Shun Nakaoka, enfatizó en un comentario a The Japan Times que antes de esta decisión, la identidad de género no binaria no estaba reconocida legalmente en Japón. Según el abogado defensor, la declaración del tribunal marca un paso crucial hacia el reconocimiento legal de las personas no binarias en el país.